Homologaciones

 

homologacionesEl Reglamento General de vehículos a motor establece que para su circulación es necesario que obtengan previamente una autorización administrativa.

Por lo que se requiere de una homologación tanto para los vehículos, como para las partes o piezas que lleven instaladas, pasando a ser competencia de los Ministerios de Industria, Turismo o Comercio el concederlas y pudiendo ser de ámbito Nacional o para todo el territorio Europeo ( Designadas como tipo CE ) las cuales y una vez hallan sido otorgadas en España, gozarán de reconocimiento y de validez para toda Europa.

Para adaptarnos a las normativas desde Fortuny Cars ofrecemos toda la tramitación para la homologación de un vehículo importado de cualquier naturaleza, haciéndola extensible a los vehículos industriales y a los adaptados para el transporte de productos de alimentación a temperatura controlada y bajo la rigurosa normativa de calidad ATP ( FRC-20 / FRB -10 / FRA 0º ) la cual tiene validez en toda Europa, sin ser de obligado cumplimiento para el territorio Alemán.

Para el trámite de matriculación de un vehículo importado y en función de su clasificación ya bien sea turismo, motocicleta o vehículo industrial, es necesario aportar una documentación complementaria a la del vehículo.

En el caso de un turismo o de una motocicleta es necesario un certificado de características técnicas o ficha reducida y si el país de procedencia está fuera de la unión Europea es necesario una homologación individual.

En el caso de un vehículo industrial, el trámite a realizar pasa de manera obligada por una homologación unitaria, dónde se inspecciona de manera individual todo aquello que lleve instalado, con el fin de determinar si se adapta a la normativa Europea para la homologación del conjunto del vehículo ( Chasis cabina y carrocería ) a fin de que el Ministerio correspondiente le otorgue mediante un certificado una contraseña única, que le clasifica de manera individual para su actividad comercial y le autoriza a poder pasar la Itv para generar la documentación Española previa a su matriculación.

Para los vehículos Isotermos que son los segmentados para el transporte de alimentos o mercancía a temperatura controlada tal y como se sucede con el sector farmaceútico, se requiere aparte de la tramitación de una homologación unitaria por parte del Ministerio de Industria, pasar de manera obligada un control por parte del organismo inspector autorizado, el cual actúa como laboratorio de ensayo homologado para el Ministerio de Transportes con el fin de hacer cumplir la rigurosa normativa de ATP Europea.

Si la carrocería tiene una edad por fecha de fabricación superior a los seis años, tendrá obligadamente que pasar un control por medio de la realización de una prueba y mediante el ensayo en un túnel de frío, con el fin de medir y determinar su eficiencia para la clasificación del ATP ( FRA - FRB - FRC ) en base a los resultados obtenidos.

Si la fecha de fabricación del Isotermo ( Carrocería ) es menor de seis años, no es necesario pasar la prueba de ensayo en el túnel de frío, por lo que no se cuestionara su eficiencia, ni la clasificación del ATP realizada en el país de origen, pero seguirá siendo necesario someter a un control a la unidad de frío ( Carrocería y equipo de refrigeración ) por parte del organismo inspector autorizado por el Ministerio de transportes, para la emisión de la autorización y del certificado del ATP Español, el cual legaliza su instalación y le autoriza para el normal desarrollo de su actividad como vehículo Isotermo, Refrigerado o Congelador.

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